ASÍ SE DEBEN MANEJAR LOS RESIDUOS SÓLIDOS POR LA EMERGENCIA SANITARIA

Los ministerios de Vivienda, Medio Ambiente y Salud entregaron lineamientos para la correcta disposición de los desechos ordinarios y biológicos.

Además de la necesidad de conocer a diario sobre los nuevos casos de la COVID-19, lo ha asaltado la duda sobre cómo se van a manejar los residuos sólidos que son producidos en los hogares en donde hay personas en aislamiento o contagiadas por el virus.
Para que se haga una idea, en el país se producen entre 10 y 14 millones de toneladas de residuos sólidos domiciliarios al año, según el informe de la Superintendencia de Servicios Públicos - Dane - Sistema Único de Información. De esta cifra Barranquilla contribuye en un 6% con la generación de residuos.
A partir de ahí nacen otros interrogantes… ¿Cuántos podrían generarse a partir del uso abundante, obligado y necesario del tapabocas y los guantes? ¿En los hogares estos elementos se están desechando como corresponde?
A esta última pregunta se da respuesta en las pautas que creó el Gobierno nacional, a través de los Ministerios de Vivienda, Medio Ambiente y Salud, sobre  la gestión y disposición de los residuos ordinarios y biológicos durante el estado de emergencia creado por el SARS-COV-2 (COVID-19).
Con estos lineamientos se asegurará la efectiva prestación de todas las actividades del servicio público de aseo, la correcta práctica de los desechos en domicilios, comercio e instituciones,  así como la protección de aquellos que hacen parte de la cadena de recolección, transporte, disposición final, aprovechamiento y reciclaje.
Alex Saer, director de Asuntos Ambientales, Sectoriales y Urbanos del Ministerio de Medio Ambiente, explicó que las disposiciones se generaron a raíz de la preocupación de los ministerios por el tratamiento que se le está dando a los residuos de riesgo biológico generados en viviendas por personas o en aislamiento, o contagiadas por el virus.
“En las casas se están produciendo en mayor cantidad residuos biológicos que antes no se manejaban y que deben clasificarse. Por eso los tres ministerios tomaron la decisión de trabajar en forma conjunta para asegurar un mínimo riesgo de contagio de las familias, de los recolectores y recicladores”.
Dentro de ese trabajo se establecieron orientaciones, recomendaciones y responsabilidades claras para todos los actores que participan en el proceso, así lo informó  el ministro de Medio Ambiente, Ricardo Lozano.
Uno de esos actores es la  población recicladora que ha sido afectada porque al principio de  la cuarentena no podían salir a la calle a ejercer su actividad. “Ahora están exentos del confinamiento y por eso es importante que se cumpla con las medidas de protección”.  dijo Saer en diálogo con EL HERALDO. 

Separar y guardar
Los residuos provenientes de medicamentos vencidos, las pilas y luminarias agotadas, recipientes de plaguicidas, entre otros, se deberán separar y guardar hasta que termine la emergencia sanitaria, luego podrán ser entregados en los puntos de recolección posconsumo.
Servicio de aseo
Para las empresas prestadoras del servicio de aseo deberán suministrar elementos de protección personal a los operarios, para prevenir infecciones y contagios, tales como guantes, mascarillas o tapabocas, equipo de protección para los ojos.
Si no cuenta con elementos de protección, evitar el contacto directo con contenedores, canecas o bolsas, cambiar los uniformes diariamente, lavarlos a temperatura de al menos 60 grados centígrados, con detergentes y desinfectantes.
Cabe resaltar que los rellenos sanitarios deberán operar normalmente, no se podrá limitar su acceso  y deberá llevarse registro diario de ingreso de residuos de acuerdo con el reglamento operativo.
Residuos hospitalarios
Para el caso de los residuos generados a nivel hospitalario o establecimientos prestadores de salud, también aplica la obligación de la separación en la fuente (aprovechables, no aprovechables y peligrosos). Para el caso de los residuos peligrosos y en especial para aquellos con riesgo biológico o infeccioso, estos deberán ser gestionados como establece la normatividad existente reglamentado por la Resolución 1164 de 2002.
De acuerdo con lo anterior, a los alcaldes distritales y municipales, entre otras pautas, se les indica que, por las altas implicaciones sanitarias, frente a la situación de emergencia, deberán asegurarse de la prestación eficiente del servicio de aseo en todas sus actividades y monitorear especialmente las relacionadas con la recolección, disposición final, aprovechamiento, reciclaje y limpieza de áreas públicas.
Cabe resaltar que los lineamientos podrán evolucionar de acuerdo con el conocimiento que se vaya teniendo de la pandemia. Por tal razón la recomendación a la ciudadanía es consultar constantemente la página web del Gobierno nacional y de los ministerios.
Fuente: EL HERALDO

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